viernes, mayo 26, 2006

Propaganda institucional

Nada, que ante la convocatoria del referendum del estatut, ahora la junta electoral dice que la propaganda institucional no puede llamar a votar, sólo recordar la fecha, los trámites, el procedimiento... En unas elecciones la interpretación de la ley es que si se puede llamar a votar, pero en los referendums no... Desde luego que no me voy a poner a estudiar con lupa la ley electoral, porque por un lado no me importa lo que diga exactamente, porque si es de este modo, habría que cambiarlo, no? Pero por otro lado, yo en temas de leyes e interpretaciones, como que puedo ser más inútil que un 0 a la izquierda.

Luego algunos no entienden que una ley (como el estatut, por ejemplo) tenga un número de artículos tan alto. Si hay que preveer tantas y tantas situaciones, parece que no quede otro remedio, para evitar que tribunales interpreten según su ideología, en un sentido o en otro.

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